El diario granadino EL CORREO (1913-1934), fué fundado por quien fuera su Director, Carlos Rocha Avellán y es sobre todo recordado por haber dado acogida a las publicaciones literarias del Movimiento de Vanguardia, "Rincón de Vanguardia" y "Página de Vanguardia", a cargo de Pablo Antonio Cuadra Cardenal y Octavio Rocha Bustamante, hijo éste último de don Carlos y padre de Luis Rocha Urtecho, quien, junto con su nieto Luis Javier Espinoza Rocha, retoman hoy "El Correo Nicaragüense"; un blog pluralista, que agradece la reproducción de su contenido.

martes, 16 de noviembre de 2010

Respecto al diferendo con Costa Rica

Nicaragua, una debilidad estratégica en la Constitución
Carlos A. Lucas | 15/11/2010

En su Constitución (2007), Nicaragua tiene la debilidad gravísima de definir sus límites territoriales de manera genérica y deja abierta la posibilidad de que sus límites puedan ser cuestionados o especificados a través de “leyes y tratados”:

CONSTITUCIÓN DE NICARAGUA

ARTÍCULO 10.- El territorio nacional se localiza entre los océanos Atlántico y Pacífico y las repúblicas de Honduras y Costa Rica. Comprende las islas y cayos adyacentes, el suelo y el subsuelo, el mar territorial, las plataformas continentales, los zócalos submarinos, el espacio aéreo y la estratósfera. Los límites precisos del territorio nacional se fijan por leyes y tratados.

La formulación en negritas define constitucionalmente que nuestros límites no son “precisos”, invitando de hecho, a nuestros vecinos de las cuatro latitudes a castigarnos con demandas de delimitaciones de nuestra territorialidad.

En cambio, la formulación de Costa Rica sobre sus límites, son específicas, elevando a rango constitucional el Tratado Jerez Cañas y el Laudo Cleveland.

CONSTITUCIÓN DE COSTA RICA:

ARTÍCULO 5o.- El territorio nacional está comprendido entre el mar Caribe, el Océano Pacífico y las Repúblicas de Nicaragua y Panamá. Los límites de la República son los que determina el Tratado Cañas-Jerez de 15 de abril de 1858, ratificado por el Laudo Cleveland de 22 de marzo de 1888, con respecto a Nicaragua y el Tratado Echandi Montero-Fernández Jaén del 1o de mayo de 1941 en lo que concierne a Panamá.

Nótese que Costa Rica no menciona específicamente los laudos Alexander en su Constitución, aunque no dice que sean parte intrínseca del Laudo Cleveland. Eso le permite la posibilidad de mantener reclamaciones fronterizas a Nicaragua, basadas en interpretaciones de acuerdo a la coyuntura de la situación interna en Nicaragua. Es el mismo principio que permitió a Costa Rica anexarse Nicoya-Guanacaste y conseguir derechos de navegación sobre un río enteramente bajo la soberanía de Nicaragua, como lo es el San Juan.

La tesis subterránea (bueno, no tan subterránea, por ejemplo, véase la opinión de Oscar Arias sobre la situación interna de Nicaragua) es que en estos momentos, el Orteguismo, y la incapacidad de la oposición de impedir su reelección y continuismo, repitiendo el fenómeno Somoza de fractura social y política, genera incapacidad nicaragüense de dotarse de una estrategia de nación en su defensa territorial. Y esa situación se vislumbra aprovechable.

Obviamente: hay dos opciones para los nicaragüenses: irse de fondo contra el reeleccionismo de Don José (de paso, contra el reeleccionismo de Don Arnoldo) para poder formular una mejor defensa de la soberanía territorial de Nicaragua o unirse frente a Costa Rica, bajo el mando de Don José, obviando la lucha anti reeleccionista.

De hecho, ya la oposición desde hace largo tiempo no habla de lucha anti reeleccionista, sino de “buscar un candidato de unidad para derrotar a Ortega”, es decir, aceptando la violación constitucional de su re elección.

Y el problema adicional es que en Nicaragua hay descendientes políticos de los democráticos que en su ocasión, trajeron a Walker para terminar haciéndonos perder definitivamente Guanacaste y ceder derechos estratégicos a Costa Rica en el Río San Juan, que es nica, pero puede ser usado por los ticos a su gusto y antojo.

Estos sectores razonan que la OEA, la ONU, los cascos azules, nos harán el favor de deshacernos de Don José. El pago que se exige a cambio nos puede dejar a todos los nicaragüenses apiñados, si acaso, en la Isla de Ometepe.

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