El diario granadino EL CORREO (1913-1934), fué fundado por quien fuera su Director, Carlos Rocha Avellán y es sobre todo recordado por haber dado acogida a las publicaciones literarias del Movimiento de Vanguardia, "Rincón de Vanguardia" y "Página de Vanguardia", a cargo de Pablo Antonio Cuadra Cardenal y Octavio Rocha Bustamante, hijo éste último de don Carlos y padre de Luis Rocha Urtecho, quien, junto con su nieto Luis Javier Espinoza Rocha, retoman hoy "El Correo Nicaragüense"; un blog pluralista, que agradece la reproducción de su contenido.

lunes, 23 de abril de 2012

MEMORANDUM (9/4/2012)


De: Director de END
A: Sub-Director, Jefe de Redacción, Editores y periodistas de END
ASUNTO: Instrucciones generales a observar
Cualquier tipo de administración debe definirse por cuatro principios: orden, economía, celeridad y eficacia.
El primer principio determina la base jerárquica del quehacer administrativo. Este es el ORDEN básico, un orden de carácter general: el Sub Director sustituye al Director en su ausencia y ejerce las funciones que únicamente le asigne el Director. Sentada esta consideración, quiero señalar, a efecto de su cumplimiento, los siguientes extremos:
PRIMERO: Por regla general no deben salir publicadas en primera plana las fotografías del Presidente de la República, de doña Rosario Murillo, del cardenal Obando, de Roberto Rivas, de Arnoldo Alemán, de Eduardo Montealegre ni de altos dirigentes políticos del MRS. La excepción, en caso de que razones periodísticas así lo aconsejen, será decidida por el Director. La razón de esta disposición la fundamento en la pauta estratégica establecida por la Junta Directiva de la empresa propietaria de END de rebajar la temperatura política de El Nuevo Diario en beneficio del tratamiento de otros temas de gran interés nacional.

SEGUNDO: No deberá salir publicada en END, en una misma edición, más de una fotografía de un mismo político o funcionario público.

TERCERO: Se prohíbe la publicación en END de fotografías, entrevistas, declaraciones, etc., de Carlos Pellas y de su esposa o de sus representantes.

CUARTO: Si a alguien que está contra el gobierno se le acoge una declaración sobre determinado hecho u acontecimiento, deberá contarse con la versión del funcionario respectivo, y en el caso de que esto no sea posible por la negativa del funcionario a declarar deberá hacerse constar esta circunstancia en la publicación correspondiente. A la inversa, si es a un funcionario del Estado al que se le va a publicar su declaración, deberá recabarse la opinión que sobre la misma tienen políticos opositores, representantes de ONG, personas independientes, etc. Se debe observar que si se va a publicar la fotografía de uno de ellos, debe procurarse la publicación de la fotografía del otro y debemos tratar, si es posible, que en la misma página en donde aparezca una noticia muy adversa al gobierno, se publique una noticia que le favorezca.

QUINTO: En principio, se deben publicar todas las notas de los periodistas, observando lo establecido en el punto anterior. Solamente por razones de espacio no podrá llevarse a cabo su publicación. Es importante señalar, que se puede redactar una noticia con un mínimo de palabras; todo esto a efecto de buscar economía de espacio para que quepa otra noticia, sin perjuicio del perfil completo que debe tener toda noticia.

SEXTO: El Sub Director no está facultado para ordenar al Editor de las Páginas de Opinión la publicación de un artículo. En caso de que alguna persona le mande un artículo al Sub Director para su publicación, éste deberá hacerle saber al remitente que dirija su solicitud al Director o al Editor de las Páginas de Opinión.

SEPTIMO: Si el Sub Director recibiere una solicitud de empleo o la petición de un aumento de sueldo, éste deberá hacerle saber al interesado que la gestión debe plantearse ante el Director. A efecto de cualquier nombramiento, así como cualquier traslado de un periodista de una sección a otra, el Director consultará con el Jefe de Redacción y con el Editor respectivo.
OCTAVO: Si el Sub Director ante una gestión hecha por cualquier funcionario diplomático, representantes de ONG, particulares et., debe contestar que dicha gestión debe ser dirigida a la Dirección del END.

NOVENA: Sin perjuicio de las funciones que más adelante le encomiende el Director al Sub Director, se le asignan al Sub Director las siguientes funciones: a) la supervisión de la página Web; b) su participación en las reuniones del Comité Ejecutivo; c) su participación en las reuniones de los editores con el Jefe de Redacción, en la mañana y en la tarde, para que aporte sus conocimientos técnico-periodísticos de conformidad con los lineamientos de la política informativa que ya es de su conocimiento. Cualquier disparidad de criterios tanto en lo que se refiere a la redacción de las notas periodísticas como de los titulares a publicarse, será resuelta por el Director.

DECIMA: La publicación de cualquier entrevista deberá contar la aprobación del Director.
DECIMA PRIMERA: Sin menoscabo de las relaciones directas de los periodistas con sus Editores y con el Jefe de Redacción, cualquier inquietud laboral, profesional o de relación personal que tenga un periodista de END deberá ser planteada al Director, la cual deberá ser considerada por éste, sin perjuicio de que, si el caso lo amerita, el Director la consulte con la Junta Directiva de la sociedad dueña del periódico. Por consiguiente, para sustraernos del mundo de la intriga, que al fin y al cabo perjudica la estabilidad psicológica del personal de cualquier empresa, se declara improcedente la “técnica” de acceso al Presidente de la Junta Directiva o de su delegado, si lo hubiere, “by paseando” al Director.

DECIMA SEGUNDA: Cada Editor deberá informar diariamente al Director del incumplimiento por parte de los periodistas del horario de entrega de las notas correspondientes, a efecto de establecer la sanción respectiva.

Cc: Junta Directiva de END
Arnulfo Somarriba, Gerente General

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