El diario granadino EL CORREO (1913-1934), fué fundado por quien fuera su Director, Carlos Rocha Avellán y es sobre todo recordado por haber dado acogida a las publicaciones literarias del Movimiento de Vanguardia, "Rincón de Vanguardia" y "Página de Vanguardia", a cargo de Pablo Antonio Cuadra Cardenal y Octavio Rocha Bustamante, hijo éste último de don Carlos y padre de Luis Rocha Urtecho, quien, junto con su nieto Luis Javier Espinoza Rocha, retoman hoy "El Correo Nicaragüense"; un blog pluralista, que agradece la reproducción de su contenido.

jueves, 4 de julio de 2013

"El Canal fue un caballo de Troya"

Julio Francisco Báez advierte sobre reformas al sector eléctrico y la DGA

Octavio Enríquez

El gobierno de Daniel Ortega renunció a la soberanía fiscal y a la potestad tributaria del país con la aprobación de dos leyes que el Legislativo bajo su control habría logrado, mientras la atención se centraba en las últimas semanas en la concesión del gran canal interoceánico.

El experto fiscal Julio Francisco Báez describió como “el caballo de Troya” a la licencia para el gran canal, que igual que el paquete de reformas al sector eléctrico, y la concesión de servicios de inspección en los puestos de control de fronteras, significa sin mayores matices la dispensa de millones de córdobas a grupos privilegiados.

“Todas traen gasto tributario (exoneraciones o incentivos), y no se calculó por Hacienda, no se llevó a la Asamblea (así lo establece el artículo 61 del código tributario), conclusión: se regaló sin saber el daño que está causándose”, advirtió Báez haciendo notar las enormes necesidades sociales que tiene el país en contraste con los privilegios prodigados por Ortega a ciertos grupos, únicos en Centroamérica.

El zarpazo más grande se habría dado con la aprobación de la ley 839, publicada en la Gaceta el 19 de junio de 2013, cinco días después que Ortega se reunió en Managua con el empresario Wang Jing, el director de la empresa HK Nicaragua Canal Developtment, la compañía radicada en Hong Kong que tendrá a cargo la construcción del canal.

Voluntad política a favor de TSK

Según Báez, la administración Ortega decidió no cobrar los impuestos a los nuevos propietarios de la distribuidora de energía— el consorcio español TSK y Melfosur Internacional (TMI) — por un monto de 200 millones de córdobas tras la compra realizada en febrero pasado a Gas Natural.

“El monto gravado con el IR (Impuesto sobre la Renta) por esta transacción no sólo es el efectivo que se pagó, sino que además la deuda incluida como parte de la venta. En consecuencia, el valor total del traspaso de las acciones de Disnorte y Dissur equivale a 162.8 millones de dólares, desglosados así: 85 millones de deuda, más de 20 millones de ´pérdidas por fuga´, más 57.8 en efectivo”, explicó el jurista.

“Este impuesto lo paga el vendedor por tratarse de una ganancia de capital, cuya tasa es el del 5% del valor total del monto antes desglosado. En moneda nacional equivale a 200 millones de córdobas”, añadió Báez.

Así que TMI debió hacer la retención a Disnorte y Dissur para enterarlo al Fisco. “Si el comprador no lo retuvo al vendedor este 5%, ello no significa que Disnorte y Dissur estén liberados de esa deuda fiscal con el Estado, ya que el artículo 92 de la ley de Concertación Tributaria y el artículo 69 de su reglamento, establecen que en el caso de eventual omisión del comprador que el vendedor debe hacerlo mediante auto retención”, dijo.

Nunca lo condonaron

Además, la mayoría legislativa que ha aprobado la ley lo ha hecho mal desde el punto de vista técnico y, en ese error, podría haber una oportunidad para la recuperación del dinero dependiendo de la voluntad de la administración actual.

“Yo estoy contento por ver cómo la voracidad y el apetito de regalar nuestro dinero, a veces choca con el sentido común”, agregó.

El experto fiscal señaló que los diputados se equivocaron—lo llama una torpeza técnica— al exonerar el pago de impuestos en la transacción, lo que ha quedado claro en el párrafo cuatro del inciso L del artículo cuatro de la ley 839, ya que lo que debió corresponder es la figura de la condonación, tomando en cuenta que, cuando se aprobó, ya había pasado el acuerdo de compra-venta.

“De tal manera que lo causado impositivamente antes de la vigencia de dicha ley, continúa intocable. Se exonera hacia adelante, jamás retroactivamente. Irónicamente, dicho adeudo tributario equivale a ocho meses del monto requerido para cumplir a los 15 mil reclamantes de la tercera edad en concepto de pensión reducida”, dijo el jurista que, de esta forma, sentó su posición sobre los hechos que han conmovido al país en las últimas semanas, desde el maltrato a los ancianos y la represión a jóvenes que los apoyaban.

Si no se cobra, de acuerdo a Báez, se incurriría en delito. Pero este es solo una arista de los hallazgos que ha encontrado en la revisión a fondo que ha hecho de la ley. Señala que el Estado dejará de percibir otros 80 millones de córdobas, al renunciar al cobro de la totalidad del Impuesto del Valor Agregado, equivalente al 15%, aplicable al recibo de energía.

“Según la ley, solo pagan el siete por ciento del 15% determinados sectores que se traduce a una buena parte de consumidores de 300 a mil Kilowatts al mes”, sostuvo sobre la medida que se ha venido manteniendo desde hace años para beneficiar a sectores pudientes y que bien se pudo cambiar ahora.

El abanico de los privilegios otorga el valor de las inversiones contra el IR, hay reconocimiento de gastos, una serie de afectaciones al Estado que se están generando a partir de la renuncia del cumplimiento de sus obligaciones.

Con cada regalo, “yo pierdo como Estado, como nación, esa es la perversidad de los beneficios fiscales cuando se otorgan como este caso. Se reforman tres leyes, es un desorden fiscal y un dechado de gastos tributarios”, recalcó el abogado.






La ley de inspección en fronteras

La segunda ley cuestionada por Báez es la llamada “ley del escáner aduanero”. El siete de junio pasado, el director general de Aduanas, Eddy Medrano, compareció ante el Parlamento para anunciar en una comisión que había firmado un contrato con una empresa que se haría cargo de los servicios aduaneros de inspección y control del comercio exterior en un período que finalmente la Asamblea Nacional aprobó el mismo día de la ley del canal.

El período de la concesión entregada por la DGA es de 15 años. Muchas cosas llaman la atención de Báez, quien hace ver que la ley al momento de la entrevista aún no ha sido publicada en la Gaceta Diario Oficial.

“Estamos en presencia de una ley que en nombre de la modernización y de la tecnificación del control aduanero para mercaderías que ingresan al territorio nacional, o salen, trasgrede principios constitucionales básicos y principios fiscales elementales, esta ley que reforma a varias leyes energéticas, son los sujetos ocultos en el caballo de Troya que es el canal”, remarcó.

¡A Alvimer con amor!

Varios puntos son objeto de cuestionamiento: el período de la concesión es bastante largo y no hubo licitación. El Estado además funge como el mejor vocero de la empresa beneficiada, al punto que Báez no puede decirlo de otro modo: “La ley tiene dedicatoria: ¡A Alvimer con amor!”.

De acuerdo con la ley número 841, que ésta a la que se refiere ahora, la beneficiada se constituyó en carrera el 21 de mayo pasado.

Sin embargo el Estado de Nicaragua en el artículo tres de esta ley, en las definiciones, señaló que Alvimer es parte del grupo de empresas “que representan de manera exclusiva a Smiths Detection Inc, con más de 50 años de experiencia comprobada en la fabricación, instalación e implementación de sistema de seguridad de tecnología de punta”.

“Esta es la ley del Estado de Nicaragua, donde dice que el concesionario es Superman y no puedo dejar de pensar que aquí hay dados cargados, yo les pediría que me muestren en otras leyes una presentación más cariñosa”, ironiza.

La administración Ortega admite que firmaron un contrato, antes de someterlo al Parlamento, el cual firmó Medrano en su calidad de titular de la DGA. El compromiso del funcionario ocurrió diez días después de la inscripción de la empresa en Managua.

Báez lamentó que la ley golpee principios básicos de soberanía nacional.

Las violaciones concretas

Conforme a su análisis, el tributo que cobrará la empresa y que será repartido entre la DGA y la compañía viola principios fundamentales.

Según la ley, la DGA recibirá el diez por ciento de lo recaudado en impondrá multas a quien no pague sin garantías de un debido proceso.

“Un tributo lo captan, lo manejan, lo distribuyen financieramente fuera de la caja única del Estado que es un principio básico presupuestario. No puede nadie estar agarrando de los impuestos. Entonces este tributo que se llama tasa, lo administran en un fideicomiso (artículo 8 de la ley) y eso es grave”, cuestionó.

“Este es un contrato que firman particulares y puede firmar el Estado con un particular, pero no para administrar tributos, le arranca un pedazo de la DGI, un pedazo de la DGA y dicen vení para acá, vamos a organizar todo esto, vos tenés una parte, el fideicomiso es un contrato donde se crea un patrimonio independiente”, insistió.

La ley es anárquica en términos de transparencia y legalidad para Báez, quien compara su aprobación con la del canal a favor de Wang Jing, con lo que sostiene su tesis del “caballo de Troya” y el beneficio a los grupos privilegiados.

En el caso de la empresa beneficiada con la ley 841, los diputados le prometen que no se alterará el régimen tributario aplicable (artículo 18), lo que consideró como otra dedicatoria. Lo más grave es que se establecen impuestos a las exportaciones e importaciones del país.

Una muestra más de generosidad

Según el último párrafo del artículo diez de la ley 841, El Estado de Nicaragua le dispensa también el pago del Impuesto de Valor Agregado (IVA) a la compañía que se hará cargo de la seguridad de sus fronteras: Smiths Detection Inc.

“La importación de los vehículos, equipos, sus componentes y repuestos que serán utilizados en la prestación de los servicios concesionados en esta ley, estará exenta del pago de todo tipo de tributos y de derechos arancelarios. También se exonera al concesionario del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las compras locales de repuestos e insumos necesarios para el mantenimiento de los equipos”, dice el artículo diez.

“No hay transparencia que pueda decirnos que la seguridad nacional está reservada. Esta ley, cuando se publique, va ser caldo de cultivo para la corrupción”, advirtió el jurista consultado por Confidencial.

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