El diario granadino EL CORREO (1913-1934), fué fundado por quien fuera su Director, Carlos Rocha Avellán y es sobre todo recordado por haber dado acogida a las publicaciones literarias del Movimiento de Vanguardia, "Rincón de Vanguardia" y "Página de Vanguardia", a cargo de Pablo Antonio Cuadra Cardenal y Octavio Rocha Bustamante, hijo éste último de don Carlos y padre de Luis Rocha Urtecho, quien, junto con su nieto Luis Javier Espinoza Rocha, retoman hoy "El Correo Nicaragüense"; un blog pluralista, que agradece la reproducción de su contenido.

lunes, 19 de agosto de 2013

DICTADOR, PEDERASTA Y VENDEPATRIA

Me costó algún tiempo y un quiebre en mi sistema de afectos y filias reconocer, allá por 2007, que Daniel Ortega se había convertido en un verdadero dictador –ahora lo catalogo como tirano, que es el extremo más repulsible en mi catálogo de dictadores y delincuentes de la vida política.


Poco tiempo después, la certeza de que las acusaciones de su hijastra son verdaderas casi ha llegado a imponerse en mi conciencia. O sea, que he llegado a ese umbral de evidencia que ya no puede incrementarse pero que no llega al límite de evidencia irrenunciable, como nos pasa con la inmensa mayoría de los juicios que podemos hacer contra personas cuyas intenciones y motivaciones en realidad sólo Dios puede conocer –como el juicio que los estadounidenses hacían contra Al Capones a pesar de que en los tribunales nunca se pudo demostrar que no fuera un ángel de Dios--; pero los argumentos en contra son innumerables –siendo uno de los más fuertes el que no tuvo las agallas para aparecer en público explicando lo que pasó y para refutar los argumentos y afirmaciones de Zoilamérica, y que decidió ocultarse en las faldas y en la voz de su madre, o de su esposa o de sus hijos, o tras la sentencia de la jueza Juana, a quien premió con una magistratura por el enorme favor de declarar que su delito, si existió, como probablemente existió, ya prescribió ante las obsoletas leyes y jurisprudencia nicaragüense. Por eso, para mí, Ortega es un caso casi cierto de pederastia familiar.



Pero ahora, otra sombra ominosa se me ha presentado para evaluar moral y políticamente al Presidente de mi país. Ante la promulgación, impuesta por él con ese poder omnímodo del que dispone sobre la Asamblea Nacional, la Corte Suprema de Justicia, la Contraloría, la Procuraduría y la Fiscalía, amén de todas las instituciones del gobierno, de la Ley 840 sobre el Canal Interoceánico, debo concluir, esta vez con toda evidencia, que Daniel Ortega es también un vendepatria.



Por esa Ley maldita, Ortega ha entregado, enterita y empaquetada con timbres fiscales, la independencia, la soberanía y la autodeterminación nacional, que son, precisamente, de acuerdo a nuestra Constitución, “derechos irrenunciables del pueblo y fundamentos de la nación nicaragüense” (Arto. 1 Cn). Y obedeciendo al deber que en ese Artículo nos impone la Constitución “a todos los nicaragüenses” de defender y preservar esos derechos (Ibidem), estoy escribiendo esto como una protesta, un acusación y un desahogo. Ya hice antes lo que consideré un deber cívico ineludible: introduje un recurso de inconstitucionalidad contra Daniel Ortega y todos sus subordinados y adláteres por haber lesionado tan gravemente nuestra Constitución. Claro que no soy tan ingenuo para creer que algunos Magistrados, si alguno, de la Corte Suprema de Justicia que van a juzgar sobre mi Recurso vayan a ser tan independientes, tan valientes y tan patrióticos como para enemistarse con quien, como quien dice, les está dando de comer (en abundancia), o, más bien, asegurándoles un nivel de vida fabuloso en el segundo país más pobre de Latinoamérica, y vayan, después de examinar con toda honestidad mi Recurso, a declarar que tal Recurso “ha lugar” y que Daniel Ortega tiene que ser castigado por, prácticamente, violar a Nicaragua. Sólo quiero que conste para la historia, para la memoria de mis padres difuntos, para mi esposa, para mis hijos, para mis amigos, para los nicaragüenses que siguen creyendo en Nicaragua, Nicaragüita, que Iván García Marenco hizo lo mínimo que su Patria le exigía ante los desmanes de un tirano vendepatria.


Ya un posible juez que va a dictaminar sobre ese recurso, el Dr. Rafael Solís, declaró algo así como que “esa ley debe aprobarse, pues en necesaria para que se haga el canal”, claramente suponiendo que las ventajas que él cree que esa ley nos va a traer son incomparables antes los perjuicios de burlarse de la Constitución. Entre los otros posibles jueces, está aquél que hace unos años, con sabiduría sorbónica declaró que doña Rosario podía ostentar un cargo de gobierno porque ella es “una sola carne” con don Daniel –¡razón de más, diríamos muchos, para que la doña no pueda bajo ningún razonamiento violentar la Ley de Probidad que le prohíbe ser miembro del gobierno! Preclaro ejemplo de argumentación jurídica de calidad y profundidad la de este magistrado, ¿no les parece? Y el resto y el total de ellos, son los que se atrevieron a cambiar la Constitución, sin tener la mínima facultad para ello, cuando determinaron que Daniel Ortega tenía razón para cancelar la prohibición de reelegirse o para extender “in saecula saeculorum” los cargos de muchas decenas de funcionarios de gobierno –incluidos ellos mismos-- a los que ya hace dos años se les agotó su período constitucional. En fin, ante esos ejemplos, ¿qué esperanza hay de que ante mi recurso de inconstitucionalidad y los de unos 90 ciudadanos más, estos magistrados actúen sin prejuicios político-partidarios y sin ánimo de defender sus sabrosos cargos?


¿Serán capaces estos magistrados de aceptar los argumentos incontrovertibles contra la Ley del Canal esgrimidos por juristas de la talla de Alejandro Serrano Caldera, Carlos Tünnermann Berheim, Vilma Núñez de Escorcia, Gabriel Álvarez, Julio Francisco Baéz Cortés, o de científicos ambientalistas de la talla de Jaime Incer Barquero y los miembros más destacados de la comunidad ambientalista de Nicaragua?


Los casi 30 recursos de inconstitucionalidad demuestran hasta la saciedad, citando y analizando nuestra Constitución, que La Ley 840 y el Acuerdo Marco de Concesión e Implementación violentan la Constitución Política, el Sistema Institucional y el Estado de Derecho en Nicaragua, y que, además, ceden a inversionistas desconocidos y empresarios extranjeros todos los recursos de casi la mitad del país, dejando a disposición exclusiva de ellos los suelos, vegetación, minerales, recursos hídricos, espacio aéreo y los derechos de propiedad y de circulación, arrebatándoselos a los nicaragüenses por al menos 100 años.



En resumen, como se expresa en muchos de nuestros recursos de inconstitucionalidad, la Ley 840 transgrede principios y derechos subjetivos tan básicos y elementales “que su sola vigencia obstaculiza –incluso— la propia viabilidad del Estado nicaragüense, conforme con los valores del constitucionalismo democrático contemporáneo”. Todos los ciudadanos que, desprovistos de fanatismo político-partidario, leen la ley, terminan estando de acuerdo con los recursantes. No hay forma en que esos recursos puedan ser rechazados si realmente son leídos y examinados desapasionadamente y teniendo presentes los intereses de Nicaragua.

Iván García Marenco, ciudadano 
082-120237-0001Q.

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