El diario granadino EL CORREO (1913-1934), fué fundado por quien fuera su Director, Carlos Rocha Avellán y es sobre todo recordado por haber dado acogida a las publicaciones literarias del Movimiento de Vanguardia, "Rincón de Vanguardia" y "Página de Vanguardia", a cargo de Pablo Antonio Cuadra Cardenal y Octavio Rocha Bustamante, hijo éste último de don Carlos y padre de Luis Rocha Urtecho, quien, junto con su nieto Luis Javier Espinoza Rocha, retoman hoy "El Correo Nicaragüense"; un blog pluralista, que agradece la reproducción de su contenido.

martes, 12 de noviembre de 2013

Los pies de barro de las reformas



Onofre Guevara López

El doctor Francisco Rosales, no podría actuar ahora con menos desfachatez que cuando fue uno de los autores del absurdo jurídico de haber declarado inconstitucional la Constitución. Declarar inaplicable el Artículo 147 Cn. fue situarse por encima de la máxima ley de la república, por la sola voluntad dictatorial del interesado en permanecer indefinidamente en el poder. Ahí comienza la base y arranca la finalidad de las reformas.

Las reformas buscan validez retroactiva para su absurdo, lo que, para los efectos prácticos, es igual que delinquir y luego hacer la ley que “legalice” el delito. La otra farsa, fue secuestrarle a la Asamblea Nacional su facultad de reformar la Constitución, y ahora utilizarla para que les legalice el mismo secuestro de que fue víctima. Tenemos, entonces, que las reformas buscan consumar dos delitos: el crimen jurídico contra el Artículo 147 Cn. y la “exhumación” del Artículo 201 transitorio.

En torno a la actuación política de don Francisco Rosales, magistrado de facto de la CSJ –gracias a la “exhumación” del Artículo 201—, hay cosas extrañas: primero fue miembro de la Dirección Nacional del FSLN en años previos al triunfo del 79; luego, cruzó un período de sombras, y en 1990 salió a luz pública ostentando el cargo de ministro del trabajo del gobierno neo liberal de la UNO. Pasado el primer período neoliberal, apareció insertado en las estructuras política-administrativas del gobierno orteguista. ¿Se trata de un hábil político, un infiltrado de Ortega en la UNO o un consagrado oportunista?

Lo que fuere, no tiene caso aclararlo, además de que Rosales es un integrante más de la maquinaria liquidadora y arrasadora de toda legalidad en que se convirtió lo que fue el FSLN. Lo importante es hacer notar la relación entre la carencia de legitimidad del acto anti constitucional ejecutado en el 2010, la “exhumación” del Artículo 201 y las reformas actuales.

En una entrevista que Rosales le concedió a la periodista Leonor Álvarez (END, 05/11/13), confiesa, pretendiendo lo contrario, la ilegalidad del zarpazo contra la institucionalidad. Me refiero a la reiteración de apoyarse en la “exhumación” del Artículo 201, transitorio, de 1990, para justificar el decreto de Ortega que extendió validez a los cargos vencidos de funcionarios que a la Asamblea Nacional corresponde elegir, y aún no ha elegido, conforme manda la Constitución. El referido artículo, quedó automáticamente sin vigencia en abril de 1991, porque fue aprobado exclusivamente para normar la transición del gobierno de la revolución al de Violeta Barrios de Chamorro.

A una de las preguntas de Álvarez, sobre el carácter de facto de muchos funcionarios públicos, incluido el propio Rosales, este respondió: “Lo correcto es el artículo 201que establece la Constitución, fracción segunda. ¿Qué dice ese artículo? (se pregunta y se responde él mismo). Dice que mientras la Asamblea Nacional no nombre (a otros funcionarios), continúan en funciones quienes fueron electos. Entonces, mientras la Asamblea no nombre, tienen que continuar.”

Exactamente, es lo que dice el Artículo 201… ¡pero lo dice en referencia a una situación concreta, transitoria, que concluyó en 1991, sin posibilidad de adquirir validez para toda la vida! Y en esto radica la falsedad, ilegalidad y torpeza del argumento orteguista, repetido sin rubor por Francisco Rosales.

No fue por casualidad que al Artículo 201, transitorio, le correspondiera el penúltimo lugar en el articulado de la Constitución de 1987 y en la reformada de 1995, porque es parte del Capítulo XI de las Disposiciones Finales y Transitorias. Para reconfirmar su significado, no porque lo ignoren los orteguistas, aquí están las sencillas definiciones de lo transitorio: “Que pasa, que no es definitivo, destinado a no perdurar mucho tiempo, momentáneo”.

De manera que Rosales sigue asido a un difunto jurídico enterrado y re-enterrado hace 26 y 18 años, respectivamente. Una absurdidad ni siquiera digna de la habilidad política demostrada por él durante no menos 48 años de su vida.

Aparte de todo, independiente de las personalidades de los actores políticos “reformeros”, lo que está meridianamente claro, es que la mayor parte de las reformas constitucionales próximas a ser aprobadas por los obedientes diputados orteguistas, están fundadas sobre bases jurídicas falsas. Y, por ende, ilegales, espurias, mañosas.

Lo normal en nuestro ambiente político, ha sido el vicio continuista, pero es totalmente anormal conforme las leyes jurídicas, las normas sociales y los principios éticos. La violación de esa normalidad, es lo que ha caracterizado a nuestro sistema político como una democracia cerril, causa a la vez de las distorsiones económicas-sociales y de toda clase de violencia.

Defender la normalidad jurídica no es rendir culto fetichista a la Constitución ni a las leyes, porque ninguna ley se hace para ser adorada per se. Se legisla para intentar normar la vida social, por la necesidad de alcanzar un mínimo de convivencia dentro de una sociedad dividida entre explotadores y explotados; opresores y oprimidos; amos del poder económico-político y gente desposeída de todo; jefes y subalternos; políticos mañosos y ciudadanos honrados.

Desde luego, la Constitución y las leyes por sí solas no eliminan las contradicciones entre estos sectores sociales, pero pueden atenuarlas cuando la ciudadanía lucha por hacerlas cumplir debidamente y por evitar que sean manoseadas como, precisamente, lo está haciendo el orteguismo.

No hay que asombrarse de que dentro de la fauna política de los promotores y seguros beneficiarios de las reformas estén los vivos, los hábiles, los oportunistas, los fraudulentos, porque sus vicios son los que tienen un carácter permanente en la sociedad. Pero hay que hacer todo lo posible para hacer que sus efectos sean transitorios, sin posibilidad de que la Constitución reformada o destrozada, pueda hacer perder de vista que las reformas tienen su origen en falsedades y deformaciones jurídicas.

*******

Paráfrasis



“Nicaragüense por gracia de Dios”… y los ciudadanos del resto del mundo, que busquen a quien agradecerle.

No hay comentarios:

Publicar un comentario