El diario granadino EL CORREO (1913-1934), fué fundado por quien fuera su Director, Carlos Rocha Avellán y es sobre todo recordado por haber dado acogida a las publicaciones literarias del Movimiento de Vanguardia, "Rincón de Vanguardia" y "Página de Vanguardia", a cargo de Pablo Antonio Cuadra Cardenal y Octavio Rocha Bustamante, hijo éste último de don Carlos y padre de Luis Rocha Urtecho, quien, junto con su nieto Luis Javier Espinoza Rocha, retoman hoy "El Correo Nicaragüense"; un blog pluralista, que agradece la reproducción de su contenido.
sábado, 20 de julio de 2013
TAM anula condena contra Henry Ruiz
Por Ernesto García
La Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua, TAM, anuló la sentencia condenatoria dictada por una jueza suplente hace 10 años contra el otrora líder guerrillero Henry Ruiz Hernández y otros cuatro directivos de la Fundación Augusto C. Sandino, FACS.
“Declárese nula de nulidad absoluta la sentencia de culpabilidad”, dice en su parte medular la resolución del TAM, dejando sin efectos la condena contra los cinco acusados de falsificación de documentos públicos.
El TAM de esta manera deja sin efectos la sentencia dictada por la entonces jueza suplente del Juzgado Primero de Distrito del Crimen de Managua, Alia Dominga Ampié, quien el 3 de febrero del 2004 anuló una sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada.
En la sentencia declarada nula 10 años después, la judicial sentenció a un año de prisión, 500 días multa y la pérdida de los cargos a los directivos de la FACS.
Junto a Ruiz también fueron sentenciados los directivos José Ángel Buitrago, Pedro Blandón Lanzas, Ramiro Bermúdez Maltez y David Callejas Sequeira.
La sentencia de un año de prisión contra los cinco directivos de la FACS no fue ejecutada, porque la judicial, de oficio --la ley se lo permitía-- decretó la suspensión.
Graves errores judiciales
En la sentencia dictada con el voto favorable de las magistradas Ángela Dávila e Ileana Pérez y el voto razonado del magistrado Rafael Ángel Avellán, se señalan “graves infracciones” por parte de la jueza suplente.
Que la autoridad judicial haya valorado por segunda vez una misma prueba y que haya reformado una sentencia emitida por una autoridad de igual jerarquía.
A criterio de las magistradas Dávila y Pérez, la judicial suplente que reformó la sentencia que estaba firme se atribuyó competencias que no le correspondían.
Voto razonado
El magistrado Rafael Avellán, al emitir su voto razonado, señaló que el TAM debió emitir un fallo absolutorio a favor de los acusados y limitarse a dejar sin efecto la sentencia contraria a Ruiz y los otros cuatro acusados.
“La sentencia absolutoria fue revocada de manera anómala y por ello debe dictarse una sentencia donde se absuelva de manera definitiva a los acusados, rehabilitándolos en todos sus derechos”, expresa el magistrado Avellán.
El magistrado Avellán señala que Ruiz y los otros cuatro directivos de la FACS también deberían ser indemnizados con el pago por daños económicos, psicológicos y morales sufridos durante el tiempo de su “injusta condena”.
Síntesis del juicio
8 de noviembre de 2003, la jueza Primero Local Penal, Julia Mayorga, condena a un año de prisión más el pago de 50 días multa a Henry Ruiz y otros cuatro directivos de la FACS.
23 de diciembre de 2003, la entonces juez Primero de Distrito del Crimen de Managua y ahora magistrada de la Corte Suprema de Justicia, CSJ, Juana Méndez, revoca la sentencia condenatoria.
3 de febrero de 2004, la jueza suplente Alia Ampié, revocó el fallo emitido por la entonces jueza propietaria y confirma la resolución de la jueza Mayorga.
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